Se informa de la apertura del plazo para enviar las candidaturas a jurado de Fallera Mayor Infantil de Valencia y Fallera Mayor de Valencia 2027 para las Fases 2 y 3.
Las candidaturas deberán ser remitidas entre el 1 y 20 de julio de 2026 (ambos inclusive), de forma improrrogable, a la siguiente dirección de correo electrónico: secretaria2@fallas.com.
En base a las normas aprobadas por la Asamblea de Presidentes y Presidentas, todas las personas aspirantes tendrán que adjuntar un currículum personal y fallero donde se detallen especialmente los requisitos marcados por esta convocatoria con el objetivo que pueda ser tomado en consideración por la Asamblea, igualmente habrán de adjuntar una fotografía del candidato o candidata, no admitiéndose la candidatura que no disponga de la misma, así como la declaración de disponibilidad y la declaración jurada.
Se pueden presentar Presidentes y Presidentas de falla que lo hayan sido al menos durante 3 ejercicios, consecutivos o no; Miembros de la Junta Central Fallera que hayan pertenecido al organismo al menos durante 3 ejercicios, consecutivos o no (incluidos Presidentes/as de Agrupación); cualquier fallero o fallera censado al menos durante 5 ejercicios en comisiones de la JCF. Todos ellos deben estar en posesión al menos del Bunyol d’or y necesitan el aval de la Presidencia de su comisión, salvo los que son Presidentes o Presidentas en el presente ejercicio.
Se tendrán en cuenta las siguientes limitaciones:
- No podrá ser nombrado jurado, aquella persona que lo haya sido para el mismo proceso en algún momento durante los cinco ejercicios inmediatamente anteriores, 25/26, 24/25, 23/24, 22/23, 21/22.
- Tampoco podrán aspirar a jurados del proceso adulto personas con candidata adulta preseleccionada o del proceso infantil aquellas personas con candidata infantil preseleccionada.
- No se podrá presentar para el mismo jurado más de un candidato por comisión.
- Los candidatos votados por la Asamblea, así como los jurados designados por el Presidente, no podrán ser familiar directo de alguna candidata o de algún miembro de su familia. No podrán tener ni haber tenido relaciones personales o laborales con ninguna candidata, ni con ningún miembro de su familia. No pueden haber sido en el pasado componente de una comisión que tenga candidata preseleccionada y no podrán haber sido Fallera Mayor o Infantil de Valencia ni componente de la Corte de Honor el mismo año que una candidata presentada.
Los miembros del jurado tendrán que guardar máxima discreción sobre el proceso y las deliberaciones durante el transcurso de todas las fases y velar por el trato justo, equitativo y con la máxima dignidad hacia todas las candidatas. Todos los componentes del jurado deberán firmar un contrato de confidencialidad con la Junta Central Fallera y en el caso de Jurados Infantiles haber presentado el certificado de delitos sexuales.
Todos los miembros del jurado tendrán la obligación de asistir al 100% de las pruebas que se realicen salvo por causa de fuerza mayor debidamente justificada.


